
🔸 Ricardo Monreal, coordinador de los diputados de Morena, adelantó el sentido de las modificaciones al artículo 5 de la citada ley, instrumento reconocido a nivel mundial en defensa de derechos humanos.
#CDMX | El coordinador de los diputados de Morena, Ricardo Monreal, adelantó que en septiembre próximo el pleno camaral deberá discutir la reforma a la Ley de Amparo que delimita la concesión a un instrumento jurídico reconocido para la protección de derechos humanos establecidos, principalmente, en el artículo 1 de la Constitución mexicana.
Monreal Ávila señaló que el amparo debe ser “accesible, rigurosa, clara, coherente y abierta a las nuevas realidades sociales, pero sin perder solidez jurídica”.
“Se pretende adicionar un párrafo al artículo 5.º, fracción I, de la ley, para precisar los elementos que deben estar presentes cuando se invoque el interés legítimo como base del juicio. El nuevo texto plantea que esta figura sólo procederá cuando la persona quejosa acredite una afectación jurídica real, actual y diferenciada respecto del resto de la población. No basta con una preocupación genérica o una inconformidad compartida por la mayoría, más bien debe tratarse de un agravio concreto derivado de su situación específica frente al acto, norma u omisión que se impugna”, de acuerdo con el líder parlamentario. precisó
Esta reforma se da en el marco de la reforma estructural al Poder Judicial, y se busca la consolidación del interés legítimo no debe verse como una restricción, sino como una oportunidad para fortalecer esta vía, resalta Monreal.
“Se exige que la concesión del amparo genere un beneficio jurídico claro, directo y no meramente hipotético o remoto. Es decir, debe haber una expectativa razonable y jurídicamente previsible de que la resolución favorable produzca un efecto positivo en la esfera jurídica del quejoso o de la quejosa, ya sea en el presente o en el futuro, siempre que sea cierto. Este beneficio no puede derivarse de una cadena de suposiciones, sino que debe ser consecuencia inmediata de la sentencia”, de acuerdo con el planteamiento.
Y deja claro que aunque la ley puede establecer parámetros generales, su aplicación concreta seguirá siendo desarrollada por las juezas y los jueces, caso por caso. “De ahí que la propuesta no cierre el concepto, sino que lo ordena sin perder su capacidad de adaptación”.
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