Comité de Evaluación del Poder Judicial suspende actividades relacionadas con elección de juzgadores

🔸 Esto incluye la suspensión de las normas generales y secundarias de dicha ley.

#CDMX | El Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF) suspendió en el ámbito de sus atribuciones, la continuación del desarrollo del proceso electoral extraordinario para la elección de jueces, magistrados y ministros que serán elegidos por voto popular en junio del presente año, debido a que un juez federal se los ordenó.

Durante la noche de ayer martes 07 de enero, el Comité emitió un acuerdo notificando a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que recibió el acuerdo emitido por Juzgado Primero de Distrito en el estado de Michoacán.

En el que también ordena al Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo y Legislativo suspender actividades mientras se resuelve de fondo un juicio de amparo, o de lo contrario se dará vista a la Fiscalía General de la República (FGR) por desacato.

La suspensión definitiva se concedió respecto de las: “normas generales (leyes federales y/o secundarias) que pudieran derivar en la obligación de legislar, impuesta en el artículo octavo transitorio, párrafo primero, del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reforma al Poder Judicial, esto es, para que, sin perjuicio de sustanciar el proceso legislativo correspondiente, las normas generales que resulten de tales actos legislativos no se apliquen en la esfera jurídica de las personas juzgadoras federales, integrantes de la parte quejosa”.

Cabe señalar que en los apartados 1.3 y 1.4 del referido acuerdo de 20 del diciembre de 2024 se determinó:

1.3. “Se vincula a diversas autoridades al cumplimiento de las medidas cautelares. En consecuencia, como lo solicita la promovente, con apoyo en el artículo 158 de la Ley de Amparo, se vincula a los integrantes de los Comités de Evaluación de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, al cumplimiento de las medidas cautelares decretadas en este incidente de suspensión”.

El Juzgado Federal dio 48 horas a los tres comités para acatar la medida cautelar.

“Se les conmina para que se abstengan de incumplir los efectos de esta suspensión, pues, en caso de que ello ocurra, se procederá, de inmediato, a dar vista al Ministerio Público de la Federación, para que inicie la carpeta o las carpetas de investigación que correspondan, contra las personas servidoras públicas involucradas que tengan el carácter de autoridad responsable”.

Asimismo, se advierte que se impondrá a cada persona integrante de dichos Comités, multa de mil Unidades de Medida y Actualización, equivalente a 107 mil 570 pesos.

En cumplimiento a dicho mandato, el Comité de Evaluación del Poder Judicial determinó suspender actividades, en tanto no se revoque o modifique la referida medida cautelar.

“Importa destacar que no pasa inadvertida la sentencia dictada el 18 de noviembre de 2024 por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SUP-AG-632/2024 y acumulados, notificada a este Comité de Evaluación el 26 de noviembre del año indicado, ya que, por una parte, se trata de una determinación previa a la que ahora se acata y emitida en una jurisdicción constitucional diversa a la del juicio de amparo y, por otra parte, no corresponde a este Órgano Colegiado cuestionar lo determinado por un Juez de Distrito, titular de la potestad judicial del Estado Mexicano”, detalla el acuerdo del Comité.

El Comité señaló que de no acatarse esa medida cautelar por los Comités de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, se provocaría una considerable inequidad a los participantes en el proceso electoral.

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